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El Gobierno somete a trámite de audiencia pública la Ley de Transparencia


Desde el lunes, 26 de marzo los Ministerios tendrán a disposición de los ciudadanos en sus web el texto que servirá de base para la futura Ley de Transparencia, aprobado por el Ejecutivo en el último Consejo de Ministros. La normativa contempla diversas obligaciones de publicidad activa y acceso a la información pública, y prevé sanciones para las conductas incumplidoras.


La futura Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno nace con el objetivo de ampliar y reforzar la transparencia en la actividad pública, reconocer y garantizar el derecho de acceso a la información y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento. El documento aprobado hoy por el Gobierno permanecerá disponible durante quince días para que todos puedan hacer sus alegaciones al mismo.

Entre las novedades recogidas, aparece el establecimiento de obligaciones de publicidad activa, que implica poner a disposición de la ciudadanía, de forma activa y sin solicitud previa alguna, información cuyo conocimiento se considera de interés. De este modo, habrá de hacerse pública, a través de las páginas web respectivas, información institucional, de organización, de planificación, de relevancia jurídica y de relevancia económica, presupuestaria y estadística.


Otra de las grandes novedades de la Ley es la ampliación de los ámbitos subjetivo y objetivo del derecho de acceso a la información que obre en manos de las instituciones públicas.


La futura normativa reúne en un mismo Título toda una serie de principios éticos y de actuación (Buen Gobierno) que deben presidir la labor de los miembros del Gobierno y de los altos cargos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales. Estos principios éticos y de actuación se convierten ahora en normas legales.


Finalmente, se contempla que las leyes de Presupuestos Generales del Estado establecerán cada año el baremo al que habrán de ajustarse las retribuciones de los miembros de los órganos de gobierno de las Entidades Locales atendiendo al tipo de entidad local de que se trate, así como a criterios objetivos de población, circunstancias socio-económicas del entorno y otras de carácter administrativo.

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23/03/2012

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