FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

Liquidación definitiva de 2009


El Ministerio de Economía y Hacienda ha liquidado la Participación en los Ingresos del Estado de 2009 de las Entidades Locales. Asimismo, ha hecho públicos en su web los datos correspondientes a esa liquidación; la información publicada recoge los valores que corresponden tanto a las Entidades Locales en régimen de cesión de tributos como a los municipios en Régimen General.


 
 
La información está disponible para su consulta en la web del Ministerio de Economía y Hacienda, (dentro de la Oficina Virtual de Entidades Locales) y se distribuye en los dos apartados señalados: por una parte, los datos correspondientes a los municipios con más de 75.000 habitantes, capitales de provincia o de Comunidad Autónoma, y las provincias y Entes asimilados (Entidades Locales en régimen de cesión de tributos), y por otra, a los municipios de menos de 75.000 habitantes, excluidas las capitales de provincia o Comunidad Autónoma (municipios de régimen general).
En ambos casos, la información reseñada incluye una memoria que se completa con anexos documentales, para los primeros, y con el cálculo de la liquidación, en lo que respecta al segundo grupo.
La memoria que hace referencia a los municipios más grandes y provincias o Entes asimilados explica los cálculos realizados para obtener la liquidación definitiva correspondiente a la cesión de tributos y Fondo Complementario de Financiación de cada Entidad Local.
Por su parte, en la memoria relativa a los municipios de régimen general se presentan los cálculos efectuados de cara a obtener la citada liquidación definitiva con arreglo a los criterios de distribución del importe total de la participación fijados en el artículo 124 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haiendas Locales (TRLRHL) y desarrollado, para 2009, en el artículo 91 de la Ley de PGE 2009. También se ha obtenido la liquidación de la cesión de la recaudación de los Impuestos sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco de los municipios turísticos, de acuerdo con el artículo 125 del Texto Refundido.
 

Ministerio de Economía y Hacienda
27/07/2011

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