FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

27 Noviembre 2024

Los Ayuntamientos, obligados a notificar sus multas de tráfico con el nuevo sistema TESTRA

Los Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales tendrán que incorporarse antes del 25 de mayo de 2012 al nuevo sistema TESTRA de notificación de sanciones de tráfico. Esa es la fecha tope para que las Administraciones Locales con competencias en esta materia cumplan con este requisito contemplado en la Ley de Seguridad Vial, aprobada en noviembre de de 2009.



 

La Ley de Seguridad Vial incluye como novedad la sustitución del domicilio físico por el electrónico (Dirección Electrónica Vial) y la notificación electrónica con efectos legales a través del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA), una nueva Web certificada para notificación de todas las sanciones, en sustitución de los actuales edictos que se publican en los Boletines Oficiales de la Provincia o Comunidad.

 

Las notificaciones en estos boletines ofrecen “garantías formales” de que la notificación ha sido practicada, pero no la “garantía material” de que el ciudadano tenga siempre conocimiento de los procedimientos dirigidos contra él. Para ello se crearon la Dirección Electrónica Vial y el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico, en formato digital.

 

La publicación en la sede electrónica de la Dirección General de Tráfico de las notificaciones que no se puedan practicar en el domicilio, informático o físico, del interesado, permitirá ahorrar costes a las Entidades locales, sobre todo en aquellos casos en los que las Administraciones gestoras de los Boletines Oficiales, de la Provincia o Autonómicos, aplican una tasa por la inserción de anuncios de notificación. Al mismo tiempo, mejorará la seguridad jurídica de los ciudadanos, al conocer que en una sola sede electrónica se publicarán todas las notificaciones por sanciones de tráfico que puedan afectarles y que no hayan podido practicarse en el domicilio del interesado por estar éste ausente o por haber cambiado de domicilio.

 

Desde el 25 de noviembre de 2010 publican sus edictos en el TESTRA la Dirección General de Tráfico, el Departamento de Tráfico del Gobierno Vasco y el Servicio Catalán de Tráfico, con independencia de la fecha de la infracción o del estado del procedimiento.

 

Características

 

El TESTRA (Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico), tiene formato digital y está alojado en sede electrónica de la Dirección General de Tráfico. Es el medio legal de publicación de las sanciones de tráfico que no han podido ser notificadas en el domicilio.

 

Si el edicto publicado está vigente significa que se está en el plazo de veinte días naturales para alegar, pedir pruebas, pagar, o en el plazo de un mes para interponer recurso de reposición. Si no está vigente, es que ya ha transcurrido el plazo legal para alegar o para recurrir, pero al menos el ciudadano tiene conocimiento de que hay un procedimiento sancionador que se le está tramitando.

 

La Ley de Seguridad Vial establece que las Comunidades Autónomas con competencias ejecutivas en materia de Tráfico podrán crear sus propios Tablones de edictos, similares a TESTRA, en los que se podrán efectuar tanto las notificaciones sancionadoras propias, como las de las Administraciones Locales pertenecientes a sus ámbitos territoriales con las que hayan suscrito el correspondiente acuerdo de colaboración.

 

No obstante estos tablones autonómicos deberán interoperar con TESTRA de la DGT, para permitir que cualquier ciudadano, a través de un único acceso, pueda tener conocimiento de la publicación de cualquier notificación de un procedimiento sancionador que se esté tramitando contra él.

 

El plazo establecido hasta el 25 de mayo de 2012 para que las Administraciones Locales publiquen las notificaciones en el TRESTA figura en la Disposición transitoria segunda de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, de Seguridad Vial.

 

Durante este tiempo, los titulares de vehículos aunque tengan asignada una Dirección Electrónica Vial (DEV) podrán seguir recibiendo en su domicilio, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 bis.1 de la LSV, las notificaciones practicadas por las Administraciones locales con competencias en materia de tráfico.

 

 
Documentos relacionados

Documentos relacionados

Nota

TRESTRA.pdf

(69.6Kb)

Testra

Testra

Carta Local nº 383, octubre 2024.pdf