FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

27 Noviembre 2024

La FEMP mantiene su reivindicación sobre el techo de gasto y el destino del superávit

La FEMP elevó a los Grupos Parlamentarios de las Cortes un paquete de 22 propuestas de enmiendas al Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado 2015. Entre ellas, la petición de una mayor flexibilización del techo de gasto de las Entidades Locales y que el año próximo el superávit de los Ayuntamientos pueda seguir destinándose a inversiones que impulsen la reactivación económica y la creación de empleo. También plantea una flexibilización de los plazos de devolución de la liquidación negativa de 2013, en las mismas condiciones establecidas para los ejercicios 2008 y 2009.



La flexibilización del techo de gasto es una demanda mantenida desde hace tiempo por la Federación, que toma forma en la primera de las propuestas de enmienda, elaborada para posibilitar la adecuación retributiva en las Administraciones Locales que se encuentran en situación de equilibrio o superávit presupuestario, tal y como recoge el artículo 11.4 de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

En su propuesta, la FEMP solicita que el Proyecto de Ley recoja, en lo que afecta al gasto de personal, que aquellas Administraciones Públicas en situación de equilibrio o superávit puedan llegar a acuerdos sobre programas de productividad por cumplimiento de objetivos o para la necesaria adaptación de puestos de trabajo relacionados con el mantenimiento de los servicios públicos.

La Federación argumenta que se trata de afrontar el “inevitable” deterioro de los servicios públicos en los pequeños y medianos municipios, que cuentan con plantillas escasas y en los que será casi imposible cubrir las bajas laborales que puedan producirse.

Destino del superávit


En lo que respecta al superávit de las cuentas locales, la FEMP plantea un prórroga de la Disposición Adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, para que en 2015 las Entidades Locales puedan destinar sus remanentes positivos a la creación de empleo y reactivación de la economía.

De igual forma, en lo que se refiere al destino del superávit para inversión financiera sostenible, pide que en el supuesto de que un proyecto no pueda ejecutarse íntegramente en 2015, la parte restante del gasto comprometido pase al ejercicio 2016, siempre que se financie con cargo al remanente de 2015 y que la Entidad Local no incurra en déficit al final del segundo año.

La FEMP recuerda, en su argumentación, que el conjunto de las Entidades Locales españolas cerró el primer semestre de 2014 con un superávit de 1.048 millones de euros, tras acabar 2013 con un saldo positivo del 0,52% sobre el PIB, lo que pone de manifiesto la saneada situación de las arcas municipales.

Por otra parte, y teniendo en cuenta los buenos resultados económicos del conjunto de la Administración Local a día de hoy en materia de endeudamiento, no tiene sentido, según la FEMP,  seguir limitando el endeudamiento de esta Administración. Por ello, en otra enmienda, propone la supresión de las restricciones a la concertación de operaciones de endeudamiento por parte de las Entidades locales, volviendo por tanto a la regulación contenida en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Devolución de la liquidación de 2013

En otra de las enmiendas presentadas, la FEMP propone flexibilizar la devolución del saldo deudor de la liquidación negativa del año 2013, habilitando el mismo procedimiento que para las liquidaciones negativas de 2008 y 2009, con un año de carencia -empezando a devolverse a partir de enero de 2016- y un plazo de devolución de 240 mensualidades.

Tasa de reposición

También, de cara a mantener la calidad y evitar el deterioro de los servicios, la FEMP formula diversas propuestas relativas a la actual limitación de la tasa de reposición de efectivos en la Administración Local.

En concreto, una de ellas plantea que las Entidades Locales de población inferior a 20.000 habitantes no se vean afectadas por la tasa de reposición, ni por las limitaciones de otro tipo en la incorporación de efectivos, siempre que estén dentro del marco de estabilidad presupuestaria establecido por la legislación vigente.

En otra, se solicita que la excepción del 50% en la tasa de reposición que se aplica a determinados sectores y Administraciones, se extienda al personal de la Administración Local que tenga encomendado el desarrollo de la Ley de Dependencia.

Dotación presupuestaria

Por otra parte, la FEMP presenta otras seis enmiendas que hacen referencia exclusiva al incremento o dotación presupuestaria para determinadas partidas presupuestarias asociadas a convenios con la Federación, cuyos destinatarios finales son las Entidades Locales.

Además, demanda que las cuentas del Estado recuperen  el Fondo Especial, suprimido en 2012, a favor de los municipios con menos de 20.000 habitantes, con una cuantía de 45 millones de euros.

También reclama una mejora de la subvención destinada a cofinanciar el transporte público colectivo urbano, para que se mantenga en los mismos importes que en el año 2011, así como que la partida destinada a la Cooperación Económica Local vuelva al importe de dicho ejercicio y cuente con una dotación de 45 millones.
 
La FEMP formula diversas propuetas relativas a la actual limitación de la tasa de reposición de efectivos en la Administración Local

La FEMP formula diversas propuetas relativas a la actual limitación de la tasa de reposición de efectivos en la Administración Local

Carta Local nº 383, octubre 2024.pdf