FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

25 Diciembre 2024

Ayuntamientos y Diputaciones valorarán las solicitudes de viviendas del Fondo Social

Los servicios sociales municipales serán los encargados de elaborar los informes sobre la situación de las familias en riesgo de exclusión que piden una vivienda del Fondo Social. La FEMP facilitará asesoramiento a los solicitantes y fomentará y tramitará la adhesión de las Entidades Locales al convenio firmado con el Gobierno y representantes de entidades bancarias



Como ya informó Carta Local en el número anterior, la FEMP participa activamente en el desarrollo del acuerdo suscrito con los Ministerios de Economía y Competitividad, de Fomento, y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, así como con el Banco de España y la Plataforma del Tercer Sector, para la creación de un Fondo Social de viviendas de alquiler para personas y familias que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad.

El Fondo tiene por objetivo disponer viviendas en alquiler a bajo precio para aquellas personas y familias que se han visto desalojadas de su residencia habitual por el impago de la hipoteca y que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad social.

A estos efectos, el Fondo contará con una bolsa de 6.000 pisos propiedad de los bancos y cajas que participan en este convenio. Los alojamientos serán ofrecidos, por importes que oscilan entre 150 y 400
euros al mes. Los solicitantes de vivienda deberán cumplir una serie de requisitos fijados en el texto.

Precisamente en este punto, los servicios sociales de los Ayuntamientos y Diputaciones que se sumen al acuerdo adquieren especial protagonismo por ser los responsables de valorar la situación y el riesgo social de los citados solicitantes de cara a priorizar adjudicaciones. El Presidente de la FEMP, Íñigo de la Serna, destacó especialmente esta misión, por tratarse de la parte “más social” del procedimiento previsto.

Según recoge el texto del convenio, los Ayuntamientos y Diputaciones adheridas dispondrán de un plazo de quince días para elaborar el informe sobre la situación de los solicitantes a partir del momento en el que las entidades de crédito les remitan la información sobre peticionarios.

Los Ayuntamientos también facilitarán información y asesoramiento sobre el proceso a seguir para solicitar una vivienda y darán a conocer la iniciativa entre sus vecinos.

En el acto de la firma del convenio, Íñigo de la Serna puso de manifiesto la sensibilidad de los Gobiernos Locales ante la dramática situación que los desahucios representan para las familias y la disposición a colaborar en la búsqueda de soluciones a este problema, que ya ha sido manifestada por numerosos Ayuntamientos.

Procedimiento de asignación

Los solicitantes de viviendas del Fondo Social dirigen su petición a la entidad de crédito titular del préstamo cuyo impago haya originado el desalojo. Las solicitudes admitidas serán valoradas por estas entidades, para lo cual contarán con el informe que redacten los servicios sociales del Ayuntamiento o la Diputación Provincial correspondiente, siempre que éstas formalicen su adhesión al convenio .

Los bancos y los Ayuntamientos y Diputaciones también pueden llegar a acuerdos para que éstos realicen la evaluación previa sobre los requisitos que deben cumplir los solicitantes a la hora de tramitar su petición.

El 15 de febrero, las entidades bancarias tendrán publicados los criterios
de valoración que comunicarán a la Comisión de Coordinación y Seguimiento creada para coordinar las actuaciones previstas en el convenio.

Las viviendas se asignarán antes de la finalización de cada trimestre, comenzado a partir del 31 de marzo, de tal forma que los contratos de arrendamiento deberán estar suscritos antes del día 15 de cada mes siguiente al del cierre de la aceptación de solicitudes.
 
El Presidente de la FEMP firmó un Convenio con los ministros Luis de Guindos, Ana Pastor y ana Mato, en un acto en que también participó la Vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría

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Carta Local nº 384, noviembre 2024.pdf