La FEMP facilita a los Ayuntamientos cobrar las multas de tráfico a extranjeros
De los dieciséis millones de sanciones que se emiten en España, algo más de dos millones y medio corresponden a infracciones cometidas por conductores extranjeros, casi la mitad de ellas en vías urbanas. Hasta ahora, la mayoría no se llegaban a cobrar por la complejidad que implicaba el proceso.
Tras la puesta en marcha de un servicio específico por parte de la FEMP, adjudicado a la entidad especializada en la gestión ejecutiva de este tipo de multas, Nivi Gestiones España, el pasado mes de julio, el cobro de estas sanciones resultará mucho más fácil. La adhesión a este servicio está abierta a todas las Entidades Locales que lo deseen.
Ya hay ocho Entidades Locales plenamente adheridas a este sistema. Se trata de los Ayuntamientos de Bunyola, municipio limítrofe a Palma de Mallorca, Corvera de Asturias, L’Ampolla (Tarragona), la Mancomunidad Ribera Alta (Valencia); Pulpí (Almería), Santa Pola (Alicante), Soller (Baleares) y Torremolinos. El Ayuntamiento de Eivissa ya ha acordado su incorporación y otros la están estudiando.
El servicio facilita a los Ayuntamientos el cobro efectivo de las multas a extranjeros por las infracciones cometidas en las vías urbanas, que antes resultaban difíciles de cobrar, por la complejidad del proceso y los problemas para realizar las notificaciones. De esta manera, los Ayuntamientos, especialmente los de municipios que por su interés turístico reciben mayor afluencia de visitantes extranjeros, podrán superar las dificultades para la aplicación práctica de las normas de Tráfico y Seguridad Vial.
La entidad adjudicataria del servicio viene realizando esta labor en Italia, por cuenta de los Ayuntamientos, desde hace seis años. En ese tiempo han recaudado para los Gobiernos Locales transalpinos 75 millones de euros. En 2012, a mediados de diciembre habían recaudado 11,5 millones de euros. Están presentes también en Holanda y van a instalarse en Suiza, siempre con socios nacionales.
En España, esta entidad gestiona también las multas a conductores extranjeros por cuenta del Gobierno Vasco, del Organismo Autónomo de Recaudación de la Diputación de Badajoz y del Ayuntamiento de Palma de Mallorca, tras ganar los correspondientes concursos, con resultados positivos.
Cómo funciona el servicio
El procedimiento de cobro es el siguiente: una vez abierto el expediente por parte de la administración sancionadora, se procede a la localización del infractor. A partir de ahí, tras la solicitud de los datos correspondientes a las autoridades del país de residencia, se produce la notificación “siempre en el idioma del país del conductor sancionado”, explica a Carta Local la Directora General de Nivi España, Ana Sánchez
En la notificación se indican los detalles de la infracción: dónde se ha producido, qué día y a qué hora, qué tipo de normativa ha infringido y cuál es la cuantía de la sanción. También se facilita al infractor un número de teléfono, un correo electrónico y una clave de acceso a un portal de internet para comprobar su expediente. En él podrá acceder a todos los datos relativos a la multa (la fotografía, el artículo concreto de la ley u ordenanza infringido) y un listado de personas con las que se pueden poner en contacto de forma directa.
“El infractor nos llama”, añade Sánchez, “y en unos segundos le atiende una persona que le explica los detalles de la infracción y le informa sobre cómo hacer alegaciones o si existen posibilidades de recurso e incluso le facilitamos los impresos correspondientes. Es decir, guiamos al infractor de forma personal en todo el proceso”, señala.
El servicio dispone de un call center, en el que trabajan 30 personas que hablan más de tres idiomas y un sistema que facilita el pago electrónico on line.
Además, estas actividades se revisan periódicamente con los Ayuntamientos con los que existe una línea abierta de comunicación. También se desarrollan acciones formativas especializadas dirigidas a funcionarios, especialmente a los miembros de las policías municipales.
Tras las primeras experiencias en España, los gestores del servicio se han encontrado con que, a medida en que se han ido realizando acciones formativas con los agentes de las policías locales, el número de expedientes por este tipo de sanciones se ha ido incrementando. Esto hace pensar que muchas de estas infracciones ni siquiera se llegaban a tramitar, porque las dificultades de localización y notificación en muchos casos elevaban el coste por encima de la cuantía de la sanción.
20 millones al año
Nivi Gestiones cree que en estos momentos es pronto para hacer una estimación sobre la cuantía que podrían recuperar los Ayuntamientos españoles de las multas a extranjeros, porque las ordenanzas municipales son muy diversas, pero se muestran optimistas, a la vista de la experiencia desarrollada en la Diputación de Badajoz, Palma de Mallorca y el País vasco.
“Podríamos considerar que la cuantía media de una multa por infracciones en vías urbanas en España puede ser de 40 euros”, dice Luigi Nicosia, administrador único de la compañía. “En ese caso, podríamos estar hablando de una cifra de alrededor de un millón de multas por infracciones en vías urbanas, descontando las de las ciudades del País Vasco y Cataluña; considerando el índice de notificaciones y de cobro efectivo que nosotros tenemos en Italia y lo que llevamos trabajando en España, creemos que los Ayuntamientos españoles podrían recuperar cerca de 20 millones de euros en conjunto, descontando los gastos de gestión”, añade.
Como dato de referencia, en los primeros once meses de funcionamiento del servicio, en Palma de Mallorca se llegaron a recaudar 278.204 euros.
El caso de Italia
El caso de las ciudades italianas, con ser un referente, no es tan significativo para España, puesto que hay tres diferencias que ya han experimentado los gestores del servicio.
Una es que en España el infractor extranjero paga el total de la cuantía de la multa en un índice muy superior al que se acoge a la rebaja de un 50% por pronto pago, dentro de los 20 días siguientes a la notificación, como establece la Ley.
Otra, que España, con 58 millones de visitantes el año, recibe un número muy superior de visitantes extranjeros que el país transalpino, que apenas llega a los 45. Además, el 70% de los turistas llega en avión y un porcentaje importante alquila vehículos para sus desplazamientos locales, con lo que el número de infracciones y de sanciones en las ciudades españoles es mayor en su conjunto que en las ciudades italianas.
Otra diferencia importante es que en España el peso del turismo residencial es mucho mayor que en Italia y ello hace suponer que los conductores extranjeros pueden sentirse más responsabilizados y paguen sus multas sus multas de tráfico, como si vivieran en su propio país.
Un 47% de las multas cobradas
Nivi Gestiones consigue cobrar en Italia un 47% de las multas que se imponen y logra notificar alrededor de un 55%. En España esperan llegar a recuperar entre el 60 y el 70% de las multas. Este porcentaje que seguramente se superará cuando entre en funcionamiento para este fin el Sistema Europeo de Información sobre Vehículos y Permisos de Conducción (EUCARIS), previsto en la Directiva (2011/82/UE) por la que se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial. (Ver recuadro).
Hasta entonces, baste recordar, a modo de ejemplo ilustrativo los datos certificados correspondientes a tres ciudades italianas relativos al trienio 2009-2011, facilitados por la entidad gestora del servicio puesto en marcha por la FEMP: por cuenta del Ayuntamiento de Florencia se realizaron 176.760 notificaciones y se cobraron 14.879.718,64 euros correspondientes a las sanciones y a los gastos de notificación; el Ayuntamiento de Roma cobró 6.394.893.euros, tras haber realizado 129.043 notificaciones en los plazos establecidos por la Ley. Finalmente, para el Ayuntamiento de Arezzo, una ciudad de alrededor de cien mil habitantes en la Toscana, se notificaron 12.863 expedientes sancionadores y se llegó a cobrar 1.522,953 euros. Como curiosidad, en los tres casos se produjo un 30% de acuses de recibo de las notificaciones.
La Directiva Europea sobre intercambio de datos
Desde las instituciones europeas se han puesto en marcha iniciativas diversas, pero todavía no han dado el resultado esperado. Los acuerdos bilaterales entre países –España los mantiene con Francia y Portugal- han significado un avance, pero no la solución. Incluso una decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2005, que obligaba a los extranjeros al pago de las multas, fracasó porque el cobro por vía ejecutiva se tenía que realizar desde el país de residencia del infractor y el importe no llegaba al país en el que se había cometido la infracción.
La última Directiva (2011/82/UE) por la que se facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial, establece un plazo para la adaptación a las legislaciones nacionales hasta noviembre de 2013. La Directiva amplía a ocho las infracciones objetivo del intercambio, que tendrá que hacerse a través del Sistema Europeo de Información sobre Vehículos y Permisos de Conducción (EUCARIS), obligatoria para los Estados miembros.
Entre ellas, se incluye el exceso de velocidad, que es una d las infracciones en las que más incurren los conductores extranjeros en España. Las demás son: saltarse un semáforo en rojo; circular por un carril prohibido; conducir en estado de embriaguez y bajo los efectos de drogas; no llevar casco de protección; no utilizar el cinturón de seguridad; y hablar por el móvil o cualquier otro mecanismo. Sin embargo, no contempla las multas de aparcamiento, que son las que se producen exclusivamente en vías urbanas y cuya sanción es competencia municipal.
La Directiva tiene como objetivo principal la reducción de la accidentalidad, ya que un 15 % de los accidentes de tráfico que se producen en Europa afecta a conductores extranjeros.
Muchas de las multas que hasta ahora eran difíciles de cobrar para los Ayuntameintos eran las procedentes de los radares fijos