FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

28 Noviembre 2024

NIVI Gestiones España Multas sin fronteras (parte 2)

Servicio de cobro en el extranjero de sanciones en materia de tráfico a titulares y conductores con domicilio fuera de España. Luigi Nicosia, Presidente Ana I. Sánchez García, Directora Ejecutiva interempresarial para España y Latino Amèrica. NIVI GROUP SpA



Garantías, características, e indicaciones para su contratación
 
Ha sido la empresa Nivi S.p.A, apoyándose en la filial española Nivi Gestiones España S.L., la que ha resultado la única adjudicataria para toda España del procedimiento de licitación pública que tuvo por objeto el cobro en el extranjero de sanciones en materia de tráfico impuestas a titulares y conductores con domicilio fuera de España. 
 
La razón de dicha adjudicación obedece al hecho de que la empresa NIVI ofrece un servicio de total garantía y alto grado de eficacia aportando soluciones efectivas a los problemas derivados del cobro en el extranjero de las multas impuestas a titulares de vehículos y conductores con domicilio fuera de España gracias a nuestra dilatada experiencia de más de 60 años en dicho sector.
 
Desde hace varios años, NIVI amparada por diversos contratos con Administraciones Públicas y con sometimiento a la legislación vigente en materia de contratación pública, actúa en representación de estas Administraciones para proceder en su nombre a la recaudación en el extranjero de sanciones en materia de tráfico impuestas a titulares de vehículos y conductores con domicilio ubicado fuera de España. NIVI GESTIONES ESPAÑA, S.R.L. es una empresa que forma parte del grupo empresarial internacional NIVI GROUP, S.p.A, especializado desde hace sesenta años en la prestación de servicios de recaudación de créditos e informaciones comerciales en España y en el extranjero -entre otras actividades-. ´
 
A través de su división “European Municipality Outsourcing”, la empresa NIVI actúa en nombre y representación de las Administraciones y se encarga de la notificación y recaudación de las sanciones derivadas de infracciones cometidas en materia de tráfico en España por personas residentes en el extranjero.
 
La empresa NIVI aporta soluciones efectivas a los problemas de cobro e impagos a los que se enfrentan las Administraciones, y en especial los municipios, dotados de menos recursos, ante la imposibilidad o dificultad de ultimar los trámites esenciales del procedimiento recaudatorio cuando el deudor es una persona residente en el extranjero. 
 
A través de los servicios prestados por la empresa NIVI, las Administraciones Públicas pueden externalizar estos servicios de recaudación internacional de créditos, ahorrando tiempo y recursos. De este modo se reducen al mínimo sus costes y el proceso de cobro se torna más eficaz, pudiendo así las Administraciones Públicas focalizar sus esfuerzos (y sobre todo cuando los recursos son más escasos) en otras actividades y servicios de fomento o que sirvan mejor al interés general. 
 
Actualmente, son muchas las Administraciones que utilizan este servicio en España, prueba de su validez y fiabilidad. Entre nuestros clientes principales se hallan el Ayuntamiento de Madrid, el Ayuntamiento de Palma de Mallorca, el Ayuntamiento de Granada, el Ayuntamiento de Soller, el Ayuntamiento de Valldemossa, el Ayuntamiento de Santander, Xaloc (organismo autónomo de la Diputación de Gerona) y la OAR de Badajoz, el Gobierno Vasco o el Servei Català, entre otros. 
 
En concreto, los servicios prestados por la empresa NIVI GESTIONES ESPAÑA, S.L. incluyen las siguientes gestiones:
  • Identificación del infractor y recuperación de sus datos personales. 
  • Garantizar el correcto reconocimiento de la nacionalidad de la matrícula extranjera. 
  • Corrección, integración y validación de las direcciones extranjeras. 
  • Preparación de la documentación en el idioma correspondiente a la nacionalidad del infractor y tratamiento telemático de la misma (elaboración de cartas de pago y de emplazamiento). 
  • Asistencia en la consulta, acceso y seguimiento del estado del expediente a los infractores, incluyendo la asistencia a través de un “call center” capaz de interactuar en distintos idiomas así como traslado de las alegaciones y recursos, en su caso, de los infractores. 
  • Gestión de los trámites postales pertinentes. 
  • Soporte y asistencia legal a través de Bufetes de Abogados distribuidos en los diferentes países. 
La activación del referido servicio es muy simple y se lleva a cabo mediante la realización de un expediente de contratación abreviado, por el que genera su propio contrato basado en el correspondiente Acuerdo Marco. El contrato basado estará sujeto al pliego de cláusulas administrativas y al pliego de prescripciones técnicas publicado por la FEMP. 
 
En virtud de lo dispuesto en dicho Contrato Basado, la empresa NIVI obtendrá una retribución consistente en un porcentaje del importe de las sanciones efectivamente recaudadas cuyo cobro le hubiera sido encomendado por cada Entidad Local, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula séptima del Acuerdo Marco; es decir, la empresa Nivi corre a cargo con todos los costes de la gestión del cobro de las sanciones percibiendo solamente una comisión en el caso de conseguir el pago de las sanciones. 
 
Es importante destacar que Nivi trabaja con la máxima transparencia y siempre en nombre y por cuenta de la Administración representada la cual, a través de un portal web específico ad hoc tendrá el control, en tiempo real, del estado y avance de la gestión realizada. 
 
El servicio que Nivi ofrece a los Entes Locales garantiza:
• una específica organización, tanto técnica como práctica; 
• una elevada calidad operativa; 
• una alta profesionalidad; 
• el conocimiento de las normas, acuerdos y convenciones de los diferentes Estados que regulan la materia; 
• el soporte de la asistencia legal; 
• el Servicio plurilingüe de front-line, un paso más hacia la excelencia en la atención al ciudadano extranjero.
 
El servicio que NIVI ofrece representa para la Administración la respuesta a los obstáculos de la burocracia por el tiempo y los costes, y a la complejidad de la legislación que reglamenta las notificaciones y recaudaciones en los países extranjeros. 
 
Además, este servicio permite a la Administración ofrecer a los infractores una imagen de alta calidad, profesionalidad y máxima transparencia en la persecución de las sanciones impuestas, conservando además su propia responsabilidad y competencia. 
 
El eficaz seguimiento de las infracciones cometidas con vehículos matriculados en otros Estados aconseja la conveniencia de contar con una empresa especializada en el cobro de dichas deudas, que a su vez cuente con la colaboración de estudios legales con sede en los países a los que se remiten las notificaciones. 
 
En este sentido, Nivi se apoya en diferentes entidades de recuperación de crédito y bufetes legales con capacidad de obrar en más de 100 países que proveen soluciones de calidad en la recuperación del crédito en todo el mundo a través de una presencia local. 
 
Precisamente, la empresa NIVI cuenta con el reconocimiento internacional de ser una empresa privada que garantiza una organización perfectamente ramificada o articulada en diferentes países, con alta seriedad y rigor profesional, que respeta en todo momento la normativa tanto interna como internacional aplicable, aspectos cruciales tanto para los Cuerpos de Policía como para la Administración.
 
Frente a este estricto proceder que preside la actuación de la empresa Nivi, hemos observado que otras empresas pretenden prestar unos servicios similares sin someterse, en cambio, a los trámites preceptivos que sí han sido exigidos a Nivi para poder llevar a cabo su cometido. 
 
Estas empresas, tal y como plantean su negocio, no pueden atribuirse la condición de representantes de los administrados ante la Administración puesto que no cumplen los estrictos requisitos que para ello exige la legislación. Tampoco están autorizadas para actuar en calidad de representante de la Administración debido a que ni los términos de su actividad pueden quedar amparados por la legislación de contratación pública ni su objeto puede permitir la celebración de un convenio administrativo con la misma. 
 
En este sentido, sería difícil plantear una intervención de estas empresas en la relación jurídica sancionadora que se establece entre la Administración y el supuesto infractor dadas las estrictas garantías y exquisito rigor previstos para los procedimientos administrativos sancionadores y, especialmente, en materia de tráfico.
 
El procedimiento sancionador debe estar presidido por un rigor exquisito y deben primar las garantías del interesado, que no pueden verse desplazadas en favor de un posible interés recaudatorio de la Administración so pretexto de un abaratamiento de sus costes. 
 
Frente a dichas empresas, NIVI trabaja con el máximo rigor y respeto al marco legal, ofreciendo una dilatada experiencia y un amplio conocimiento del servicio de gestión de multas a extranjeros, que ha conseguido ganarse la confianza de selectos clientes. 
 
En efecto, en la actualidad la empresa NIVI se siente orgullosa de contar entre sus clientes con un elevado número de Administraciones Públicas a las que, a diario, solventa problemas de diversa índole. 
 
Con esta finalidad, la empresa NIVI, incidiendo en la necesidad constante de dar respuesta puntual a los problemas de nuestros clientes, dispone de un equipo humano altamente cualificado que está permanentemente a su disposición a través de los más modernos medios electrónicos que permiten al cliente, de forma interactiva, acceder a toda la información más relevante del sector. 
 
Igualmente, estamos convencidos de que los tiempos actuales nos obligan a anticiparnos a todas aquellas dudas que puedan surgir, y por esta razón la empresa NIVI diseña y participa en todos aquellos foros donde se debate sobre la gestión de las sanciones en Europa, iniciativa que consideramos primordial para sentirnos válidos y, por tanto, útiles a la Administración. 
 
Por último, es importante destacar que NIVI, empresa pionera en Europa en instaurar medidas que permiten, en nombre y por cuenta de la Administración, gestionar el servicio de notificación y recaudación de sanciones impuestas a extranjeros en cualquier país del mundo, nació con vocación inequívoca de permanencia en dicho sector prestando a favor de la Administración un servicio con alto nivel de profesionalidad y seriedad, valores que presiden nuestro trabajo. 
 
Este servicio, actualmente disponible y contratable por las Entidades Locales asociadas a la FEMP y sus entes dependientes, permitirá, que a pesar las limitaciones de tráfico provocadas por el estado de alarma, pueden tramitarse aquellas sanciones derivadas de infracciones anteriores a esta situación que no hayan prescrito (recordamos que los plazos administrativos se encuentran suspendidos durante el estado de alarma), además de, estar plenamente preparados para la gestión de nuevas sanciones que se produzcan una vez se levanten estas restricciones, puesto que recordamos que los contratos basados en este servicio tendrán una duración mínima de 2 años prolongándose dentro de los límites previstos por el TRLCSP, sin que su vigencia se vincule a la del acuerdo marco. 
 
 
Nivi II

Nivi II

Carta Local nº 383, octubre 2024.pdf