Las entregas a cuenta a los Ayuntamientos sujetos al régimen general ascenderá a 3.509,13 millones de euros, un 8,4% menos que en 2009. En el caso de los Ayuntamientos incluidos en el modelo de cesión, la cantidad presupuestada es 5.280,50 millones de euros, un 9,6% menos que el año anterior. Las Provincias y Entes asimilados recibirán a cuenta 4.516,94 millones de euros, un 9,5% menos que en 2009.
La disminución de ingresos de los Gobiernos Locales en el próximo ejercicio, o mejor dicho, la pérdida en términos de participación sobre lo percibido en 2009, podría estimarse realmente en un 21,10%, si se tienen en cuenta tanto los conceptos de entregas a cuenta como los de liquidaciones definitivas. Esto es, si se incluyen los anticipos a cuenta de la liquidación definitiva de 2007, que de no haberse anticipado en 2008, se hubieran cobrado en 2009 con cargo al Presupuesto de este año.
Respecto a la liquidación definitiva de las Entidades Locales de 2008, el Proyecto de Ley de Presupuestos recoge el saldo favorable a las Entidades Locales de 52,09 millones de euros y un saldo a favor del Estado de 1.578,85 millones de euros.
En este sentido, tal y como anunció el Presidente del Gobierno con anterioridad, se establece un régimen especial de aplazamiento y fraccionamiento de los saldos a favor del Estado que resulten de la liquidación definitiva de 2008. Los Ayuntamientos podrán reintegrar estas cantidades a partir de enero de 20011 a través de 48 mensualidades.
Pequeños municipios
El Gobierno mantiene en los Presupuestos Generales del Estado para el próximo año el Fondo Especial para la financiación a favor de los municipios de menos de 20.000 habitantes, a cargo del Ministerio de Política Territorial, que estará dotado con 30 millones de euros, lo que supone una reducción del 50% respecto a 2009.
Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local
El Proyecto de Ley de Presupuestos contempla la creación del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, de 5.000 millones de euros (el conocido como nuevo Fondo de Inversión Local), con la doble finalidad de crear empleo mediante la inversión pública en el ámbito local, con obras de nueva planificación y ejecución inmediata, y de contribuir a la sostenibilidad social, mediante la financiación de los gastos corrientes asociados a servicios educativos, así como otros servicios sociales de competencia municipal, especialmente los de atención a las personas en situación de dependencia. La FEMP ha pedido que la parte correspondiente a esta segunda finalidad pueda llegar hasta el 60% de la dotación total del fondo.
Ayudas al transporte público
La dotación asignada para ayudas al transporte público colectivo urbano asciende a 69 millones de euros, destinados a municipios de más de 50.000 habitantes no incluidos en el ámbito territorial del Consorcio Regional de Transportes de Madrid y la Autoridad del Transporte Metropolitano de Barcelona, ni ubicados en el archipiélago canario. También podrán beneficiarse aquellos municipios con más de 20.000 habitantes, con un número de unidades urbanísticas superior a 36.000, además de aquellos que sean capitales de provincia o dispongan de un sistema público interior de transporte colectivo.
Otras ayudas y compensaciones
Dentro de este apartado, los Presupuestos incluyen una dotación de 66,08 millones de euros para compensar los beneficios fiscales, concedidos por el Estado, en los tributos locales, así como un conjunto de transferencias que suman 8 millones de euros a las Ciudades de Ceuta y de Melilla para compensar los costes de funcionamiento de las plantas desalinizadoras, así como otras actuaciones para la mejora de la gestión del agua.
Por otro lado, se dota con 92,03 millones de euros una partida a favor de determinados municipios por las cuotas condonadas del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, como consecuencia de la aplicación de beneficios fiscales del vigente Convenio de Cooperación para la Defensa con los Estados Unidos; así como una garantía de recaudación del Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación a favor de las Ciudades de Ceuta y Melilla, establecida en la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.