La FEMP y la SGAE han actualizado las tarifas de aplicación a las Entidades
Locales en el periodo 2015-2017, mediante un acuerdo que minora en todas ellas la cuantía para el conjunto de las actividades de promoción de la cultura, incrementa las deducciones actuales y habilita la adhesión opcional a un régimen simplificado para las localidades con menos de 3.000 habitantes. Las nuevas tarifas entrarán en vigor tan pronto cuenten con la ratificación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
El acuerdo alcanzado también se extiende a las Entidades que tienen suscrito en la actualidad el Convenio FEMP-SGAE que se encuentra en vigor; para éstas, el acuerdo amplía las deducciones y mejora su adaptación a los usos municipales.
Tras su entrada en funcionamiento, todas las entidades podrán mejorar la planificación de su programación tras poder consultar y conocer el repertorio protegido por la SGAE. Será posible aplicar deducciones del 100% a los actos filantrópicos, a los celebrados en los centros de mayores y aquellos de la comunidad escolar. Además, se amplía la deducción actual de la tarifa a todos aquellos actos con precios bonificados, a la exhibición de películas en centros municipales y, por primera vez, a la actividad realizada en los centros deportivos de las Entidades Locales.
Los conciertos y recitales podrán obtener deducciones por tramos adicionales del 5%, hasta un máximo del 15%, vinculados a la gestión de las comunicaciones con la entidad de gestión.
Asimismo, actualizan sus tarifas el teatro, la danza, los espectáculos dramático-musicales, las marionetas y recitales vinculándolas con el aforo de la sala permitiendo incorporar, por tanto, esta modalidad de “gran derecho” a los usos de la planificación económica de las programaciones.
Tarifa simplificada para menores de 3.000 habitantes El acuerdo crea una Tarifa Simplificada a la que podrán acogerse las más de 6.300 localidades cuya población de derecho no supera los 3.000 habitantes. En ella la cuantía se vincula con la población, es de devengo único anual e incluye la práctica totalidad de las modalidades de uso del repertorio más extendidas.
Para acceder a esta fórmula de tarifa simplificada es necesario ejercer esta opción específica, incluso en el caso de que la entidad ya estuviese adherida al Convenio FEMP-SGAE firmado en 1996 y todavía en vigor.
Esta actualización es fruto del trabajo realizado en el seno de la Comisión Mixta de Vigilancia e Interpretación del Convenio que mantienen ambas Entidades desde 1996, y ha contado con el respaldo de la Comisión de Cultura de la FEMP. De este modo, la Federación ha participado directamente en un proceso de actualización de tarifas que, según la legislación vigente, la SGAE podía haber realizado de forma unilateral.
Las nuevas tarifas serán publicadas en la web de la SGAE en el momento de su entrada en vigor.