FEDERACION ESPAÑOLA DE MUNICIPIOS Y PROVINCIAS

23 Noviembre 2024

Sólo el 50% de las Entidades Locales necesita financiar sus deudas

El pasado 15 de marzo, cuando se cerró el plazo de presentación de facturas pendientes de pago al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, un total de 4.622 Ayuntamientos habían notificado obligaciones por importe de 9.584 millones de euros, correspondientes a las facturas de 177.070 proveedores, según las cifras provisionales. A partir de ese momento, los Gobiernos Locales interesados en recurrir al mecanismo de pago a proveedores elaboraron para su presentación los Planes de Ajuste.




El total de facturas pendientes de pago de la Administración Local española fue de 1.931.976, por un importe de 9.584 millones de euros. Han sido casi 5.000 los Ayuntamientos con obligaciones pendientes, aunque no todos ellos recurrirán al sistema de pago a proveedores, ya que cuentan con recursos suficientes para abonar esos pagos. Se trata de datos provisionales.

Los proveedores que se beneficiarán de estos pagos son 177.070 en toda España, según las cifras aportadas por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. Dos tercios de ellos son pequeñas y medianas empresas (63.543) y  autónomos (50.259).

A partir de este momento, los proveedores afectados pueden acudir a los Ayuntamientos para consultar si están incluidos en la relación de facturas remitidas al Ministerio y, en caso contrario, solicitar la emisión de un certificado individual que recoja esa inclusión. Dicho certificado deberá quedar expedido por los Ayuntamientos en un plazo de quince días tras la solicitud. De no ser así, y no obtenerse respuesta en ese tiempo, se entenderá como reconocido el derecho a cobro (en aplicación del silencio administrativo positivo).

Los Ayuntamientos, por su parte, comunicarán en los primeros cinco días de abril y mayo los certificados rechazados y no contestados. Será en este momento cuando se revisen y actualicen los datos provisionales.

Según la información emitida por el Ministerio, la operación por la que se facilita la financiación del pago a proveedores de facturas pendientes con la Administración Local, tendría un efecto directo sobre el empleo, “ya que contribuiría a la creación y mantenimiento de hasta 100.000 puestos de trabajo”.

En el anuncio realizado por el Gobierno con los primeros avances, también se hizo pública la intención del Ejecutivo de cambiar la legislación, al objeto de que los proveedores que contraten con la Administración sean los primeros que no estén obligados a pagar el IVA hasta que no hayan cobrado la factura.

Otra de las cuestiones anunciadas fue el carácter “histórico y único” de esta medida para pago a proveedores; según explicó la Vicepresidenta Sáenz de Santamaría en su comparecencia tras el Consejo de Ministros del pasado 16 de marzo –fecha en la que se anticiparon los primeros datos sobre facturas, importe de la deuda y Ayuntamientos afectados- se trata de una iniciativa que no se va a repetir; el mecanismo de pago pretende que Comunidades Autónomas y Gobiernos Locales salden su deuda con los proveedores y, a partir de ahí, continúen con su gestión.

Planes de Ajuste

El Plan de Ajuste es, en síntesis, el proyecto de viabilidad que haga compatible el pago de los préstamos solicitados con la prestación de servicios públicos a los ciudadanos desde el Gobierno Local.

A cierre de esta edición, los Gobiernos Locales interesados en acudir al mecanismo de financiación extraordinario ultimaban sus planes de ajuste para presentarlos antes de fin de mes en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. En el plazo de un mes, el Ministerio aprobará o rechazará los citados planes.

Los planes deberán remitirse a la Oficina Virtual de Coordinación Financiera con las Entidades Locales por vía telemática y con firma electrónica. Será en esa misma Oficina Virtual donde éstas podrán consultar la valoración de los planes de ajuste.

Los Ayuntamientos que no piensen acogerse al mecanismo de financiación, no están obligados a presentar Plan de Ajuste; sin embargo, deberán tener liquidadas sus facturas pendientes con proveedores antes del próximo verano. En caso contrario, la cantidad pendiente les será descontada de su Participación en los Ingresos del Estado (PIE).

Plataforma de Gestión de pago a proveedores

De cara a Gobiernos Locales y proveedores, la Agencia Tributaria anunció la puesta en marcha de una plataforma para gestionar el pago a proveedores; se trata de una herramienta que recogerá todas las facturas enviadas por las Entidades Locales al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, tanto las remitidas el pasado marzo como las que se incluyan en los meses de abril y mayo (a solicitud de los proveedores que no hubiesen aparecido en la relación inicial del facturas).

Las Entidades Locales podrán introducir información de nuevas facturas –derivadas de las certificaciones individuales que se expidan- entre los días 2 y 10 de abril y entre el 2 y el 8 de mayo. Para consultar en esta plataforma la situación real de sus obligaciones pendientes de pago, el plazo previsto va del 2 de abril al 8 de mayo. Finalmente, entre el 23 de abril y el 8 de mayo, los responsables locales podrán introducir modificaciones o identificar situaciones especiales, como por ejemplo posibles conflictos en la identificación de la titularidad del derecho de cobro, pagos ya realizados, embargos y concursos de acreedores.

Una vez que se conozca el importe total de las obligaciones pendientes de pago, los Plenos de las Entidades Locales, durante la primera quincena de mayo, deberán aprobar la formalización de las operaciones de crédito correspondientes, siempre que el Ministerio de Hacienda haya dado su aprobación al plan de ajuste presentado por la Corporación.

A partir de ese momento, las entidades de crédito podrán realizar las transferencias a los proveedores incluidos en los listados. La fórmula para hacerlo está aún por determinar.

En el caso de que no se agote el importe máximo del mecanismo de financiación –en torno a 17.000 millones de euros-, en los cinco primeros días hábiles de los meses de junio y julio las Entidades Locales podrán hacer nuevas comunicaciones a la plataforma creada por la Agencia Tributaria incluyendo nuevas facturas emitidas a instancia de contratistas. Así lo explicó Gabriel Hurtado, Subdirector General de Estudios y Financiación de las Entidades Locales, en una sesión técnica, celebrada el pasado 21 de marzo, en la sede de la Federación Española de Municipios y Provincias.

Como consecuencia de ello, los Ayuntamientos podrán hacer nuevas operaciones de endeudamiento, sólo por el importe equivalente a dichas facturas, que deberán ser autorizadas por sus Plenos.

Asesoramiento permanente de la FEMP en todo el proceso

 

Desde la FEMP se ha venido manteniendo abierta una línea de asesoramiento a municipios a lo largo de todo el proceso. Durante la primera parte de él, en las semanas dedicadas a la recogida y preparación de facturas para su presentación, los técnicos de la oficina de asesoramiento dispuesta en la Federación atendieron más de un centenar de llamadas relacionadas, sobre todo, con plazos y modelos de presentación.

Similares consultas, aunque más numerosas, fueron las motivadas por los planes de ajuste y su elaboración.

La web de la FEMP también sirvió de ayuda para los Gobiernos Locales a lo largo de todo el proceso: en el banner/microsite “medidas para la financiación Local. Pago a Proveedores”, los interesados tuvieron puntualmente disponibles los textos legales (Reales Decretos-Ley 4/2012 y 7/2012), las circulares informativas y explicativas sobre los diversos aspectos del mecanismo, y también los formularios disponibles o los enlaces para facilitar su presentación telemática, entre otras facilidades.

 

Presentación técnica en la FEMP de los Reales Decretos-Ley 4/2012 y 7/2012

 

El Subdirector de Estudios y Financiación de las Entidades Locales, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, Gabriel Hurtado López, fue el encargado de presentar en la FEMP, el pasado 21 de marzo, los contenidos de los dos Reales Decretos-Ley que contienen pautas relacionadas con el mecanismo de pago a proveedores de la Administración Local.

El primero de estos Reales Decretos-Ley, el 4/2012, sobre el que ya les informamos en la pasada edición de Carta Local, determina las obligaciones y procedimientos necesarios para establecer un mecanismo de financiación para el pago de las obligaciones pendientes; el segundo, el 7/2012, por el que se crea el Fondo para la financiación de pagos a proveedores, es el que detallamos en estas páginas.

La presentación técnica, que fue retransmitida en directo por FEMP TV, pudo ser seguida por más de 300 personas a través de la web www.femp.es, y por el medio centenar asistentes al acto en la sede de la propia Federación.

En el coloquio posterior los asistentes pudieron formular al Subdirector General las principales dudas que se les plantearon a lo largo del proceso de presentación de documentación y de la elaboración de los planes de ajuste.

 

 

 
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Carta Local nº 383, octubre 2024.pdf